Cancela deudas con la ley de segunda oportunidad

El pasado 25 de agosto de 2022 el Congreso aprobó finalmente la reforma de la Ley Concursal que modifica sustancialmente el sistema de la anterior ley de la segunda oportunidad.

Cancelar las deudas de una forma más simple y menos costosa

La nueva ley de segunda oportunidad y a diferencia del sistema anterior permite cancelar las deudas sin necesidad de haber intentado un acuerdo extrajudicial de pagos previo con los acreedores.

Ello comporta un notable reducción de costes y de tiempo, puesto que ya no es necesario acudir al Notario y desparece la designación del Mediador Concursal y la reunión de acreedores con la que nunca se llega a ningún acuerdos.

Nuevo procedimiento para insolvente: CONCURSO SIN MASA

Una de las novedades más importantes es un nuevo procedimiento pensado para aquellas personas que carecen de bienes o tienen unos ingresos bajos que no les permite hacer frente a sus deudas.

Se podrá acudir al nuevo procedimiento judicial llamado concurso sin masa para eliminar las deudas cuando se reúna alguno de los siguientes requisitos:

a) El concursado carezca de bienes y derechos que sean legalmente embargables. Por ejemplo personas con ingresos inferiores a los 1.000 Euros o salario mínimo interprofesional.

b) El coste de realización de los bienes y derechos del concursado fuera manifiestamente desproporcionado respecto al previsible valor venal. Resutla absurdo vender los pocos bienes de una persona de los que se va a sacar poco dinero para pagar a los acreedores.

c) Los bienes y derechos del concursado libres de cargas fueran de valor inferior al previsible coste del procedimiento. Muy semejante al anterior, si el procedimiento va a costar más que el valor de los bienes a realizar carece de sentido enajenar esos bienes.

d) Los gravámenes y las cargas existentes sobre los bienes y derechos del concursado lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes y derechos. Sería el caso de una propiedad que vale menos que el importe de la hipoteca que recae encima de la misma.

Si se da alguno de estos supuestos podremos acudir al concurso sin masa y conseguir el perdón de la deuda en muy poco tiempo.

Cancelar la deuda en 15 días

El procedimiento de concurso sin masa te va a permitir cancelar las deudas rápida y en pocos días.

Si de la solicitud presentada el Juez entiende que se da alguna las situaciones que hemos indicado antes dictará auto declarando el concurso de acreedores, con expresión del pasivo que resulte de la documentación, sin más pronunciamientos, ordenando la remisión telemática al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único y la publicación en el Registro público concursal con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal, que de ser nombrado tendría unas funciones muy concretas.

Pero…

En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

Art.37.Ter TRLC

Exoneración del pasivo insatisfecho

Con esta expresión la ley se refiere al PERDÓN DE LAS DEUDAS o CANCELAR LAS DEUDAS JUDICIALEMENTE, de manera que un Juez perdona todas las deudas sin que los acreedores puedan volver a reclamártelas.

En próximos artículos te explicaremos más cosas de la nueva ley.

Comprueba ahora si reúnes los requisitos de la nueva ley de la segunda oportunidad

En nuestro ánimo de ofrecer herramientas útiles y agilizar el proceso para conseguir el perdón de las deudas hemos desarrollado un nuevo portal dedicado exclusivamente a cancelar deudas por medio del procedimiento del concurso sin masa de la nueva ley de la segunda oportunidad.

Si deseas más información no dudes en contactar con nosotros

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Ley segunda oportunidad

Hoy es un dia muy feliz para nuestra clienta Natalia G.B. El Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona ha dictado una resolución firme en fecha 7 de Febrero de 2022 en que reconoce que Natalia cumple con todos los requisitos para que le sean canceladas sus deudas y perdona la cantidad de 282.652,72 Euros

Natalia acudió a nuestro despacho completamente desolada por las importantes deudas que tenía con Bancos y otros y que no podía pagar de ninguna forma, ni siquiera trabajando durante 100 años.

Tras el estudio de su caso, optamos por iniciar un procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores para intentar buscar una salida negociada con todos. Los acreedores no aceptaron rebajar sus créditos lo que nos obligó a tener que solicitar el concurso judicial de acreedores para poder suspender los embargos y ejecuciones en marcha.

Tras un proceso judicial relativamente rápido y toda vez que se daban las condiciones y Natalia cumplía los requisitos siguiendo los pasos de nuestro equipo de abogados el Juez resolvió:

ACUERDO: Acuerdo la CONCLUSION del concurso de NATALIA G.B , cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

Reconocer a NATALIA G.B el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo no satisfecho por el concursado.


El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración es la lista siguiente: 282.652,72 Euros

Si tu también tienes deudas que no puedes pagar, pídenos cita y gratuitamente te diremos rápido si podemos ayudarte, seguro te llevas una sorpresa. En Omniumlegal Abogados somos expertos en ley de la segunda oportunidad y cancelación de deudas. Estarás en buenas manos.