Ley segunda oportunidad

Hoy es un dia muy feliz para nuestra clienta Natalia G.B. El Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona ha dictado una resolución firme en fecha 7 de Febrero de 2022 en que reconoce que Natalia cumple con todos los requisitos para que le sean canceladas sus deudas y perdona la cantidad de 282.652,72 Euros

Natalia acudió a nuestro despacho completamente desolada por las importantes deudas que tenía con Bancos y otros y que no podía pagar de ninguna forma, ni siquiera trabajando durante 100 años.

Tras el estudio de su caso, optamos por iniciar un procedimiento de acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores para intentar buscar una salida negociada con todos. Los acreedores no aceptaron rebajar sus créditos lo que nos obligó a tener que solicitar el concurso judicial de acreedores para poder suspender los embargos y ejecuciones en marcha.

Tras un proceso judicial relativamente rápido y toda vez que se daban las condiciones y Natalia cumplía los requisitos siguiendo los pasos de nuestro equipo de abogados el Juez resolvió:

ACUERDO: Acuerdo la CONCLUSION del concurso de NATALIA G.B , cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

Reconocer a NATALIA G.B el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio es definitivo y alcanza a todo el pasivo no satisfecho por el concursado.


El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración es la lista siguiente: 282.652,72 Euros

Si tu también tienes deudas que no puedes pagar, pídenos cita y gratuitamente te diremos rápido si podemos ayudarte, seguro te llevas una sorpresa. En Omniumlegal Abogados somos expertos en ley de la segunda oportunidad y cancelación de deudas. Estarás en buenas manos.

Como expusimos en una entrada anterior de nuestro blog, dejar solo a un hijo menor en casa puede ser constitutivo de un delito de abandono temporal de menor castigado en el Art. 229 del Código Penal con penas de hasta cuatro años de prisión.

Esto le ocurrió a nuestra clienta Sonia C.F quien recibió una citación como investigada por un presunto delito de abandono temporal de su hija de 7 años al haber dejado a esta sola entre las 22:00 y las 02:00 horas de la noche y acudir a un concierto de música.

Sonia acude a nuestro despacho muy preocupada y nos explica que ese día efectivamente acudió a ese concierto. Que sobre las 02:00 de la madrugada recibe la llamada de la Policía indicándole que acuda urgentemente a su domicilio donde su hija está llorando sola dentro de casa. Al llegar es denunciada por haber dejado a solas a su hija.

En la declaración policial Sonia expone al Juez que ella dejó a su hija al cuidado de una canguro del que solo sabe el nombre y el teléfono, (datos que son facilitados) y que sobre la 1:45 horas de ese día la mentada canguro la llamó para decirle que no quería esperar más y que viniera. Sin esperar a que Sonia llegara al domicilio la canguro se ausentó del domicilio dejando sola a la menor.

El Juez entiende que la investigada no actuó de forma delictiva y decide archivar el caso.

Tener un buen abogado penalista

Nuestra clienta tuvo suerte esta vez, el Juez podía haber no creído en su versión o en la forma de exponerlo. Contar con el asesoramiento de un abogado experto en derecho penal es esencial para la defensa de cualquier imputación por delito que podamos tener.

Tu te crees en la versión de Sonia?

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