El 7 de abril empieza la campaña de la declaración de RENTA del ejercicio 2020, año que todos recordaremos como el año de la pandemia y como no podía ser de otra manera, tampoco va a ser la misma.
Lo primero de todo, quien tiene que presentar la declaración de la renta?
Según la ley, no es obligatorio realizar la declaración de la renta, para las personas que tengan unos ingresos anuales inferiores a los 22.000€. Es decir, si cobras unos 1.500€ en 14 pagas, podrías escoger no realizar la declaración de la renta, aunque su resultado fuera a ingresar.
Ahora bien, esto es solo así cuando dichos ingresos provienen exclusivamente de un pagador, es decir, que trabajas en un único sitio.
Si trabajas en dos o más sitios o percibes ingresos de dos o más pagadores, este límite se reduce hasta los 14.000€ (unos 1.000€ en 14 pagas), siempre que el segundo pagador, te haya pagado más de 1.500€ ese año.
Quizás eres de las personas que hasta este año no hacías la declaración de la renta, ya que no llegabas a los ingresos mínimos y no tenías deducciones. Pero puede darse la circunstancia que este año, y a pesar de que tus ingresos se han visto reducidos debido a la pandemia, hayas percibido ingresos a través del SEPE, y por tanto deberás realizar de forma obligatoria la declaración de la renta, con las consecuencias que ello puede comportar de no cumplir tal obligación, principalmente en forma de sanciones.
En qué acepta el COVID a mi declaración de RENTA?
Nada menos que 3,5 millones de personas han sufrido durante el 2020 un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) y tendrán que presentar la declaración de RENTA por las cantidades que que cobraron del SEPE.
Esto no debería ser un problema si sabemos como hacerlo, pero ocurre que mayoritariamente pocas personas conocen que ese dinero que nos transfirió el Estado a nuestras cuentas bancarias, no llevaba ningún tipo de retención a cuenta de la renta y por tanto Hacienda no ha percibido nada sobre dicha cantidad.
Téngase en cuenta que cuando cobramos el sueldo mensualmente, hay una parte que la empresa ingresa por tu cuenta en las arcas públicas y luego cuando haces la declaración pasas cuentas con hacienda. Normalmente el estado ha percibido de más, y te devuelven parte de esa retención, algo que a muchos les supone una alegría antes de vacaciones de verano.
Con el dinero cobrado por el SEPE no ocurre así, no se ha practicado retención alguna y por tanto no has pagado nada y ahora con la declaración de renta es cuando vas a conocer el importe a pagar.
Asimismo se da la circunstancia de que muchas personas cobraron del SEPE por error, incluso estando ya trabajando tras el confinamiento. Hacienda tiene apuntado lo que cobraste aunque fuera por error y espera que lo declares en tu IRPF 2020
Que puedo hacer si estoy en esa situación?
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Si eres de los que te gusta presentar tu declaración puede consultar la guía con las principales claves que ha preparado el sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) o consultar la web de la Agencia Tributaria que recolectado las dudas más habituales para los afectados por ERTE.