El panorama de la justicia en España ha dado un giro significativo con la introducción del requisito de procedibilidad, impulsado por la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. Esta reforma, siguiendo la estela de los Reales Decretos-ley 5/2023 y 6/20231…, busca una mayor eficiencia procesal en el marco del Plan Justicia 20301….
En el corazón de este cambio se encuentran los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC), que ahora jugarán un papel crucial antes de acceder a la vía judicial1….
Este post tiene como objetivo ofrecerles una guía rápida y práctica para comprender esta reforma y sus implicaciones en su práctica profesional.
- I. Motivación: Hacia una Justicia Más Eficiente y Sostenible
- II. Ámbito de Aplicación: ¿A Qué Asuntos Afecta?
- III. El Requisito de Procedibilidad: ¿En Qué Consiste?
- IV. Los MASC: ¿Qué Opciones Tenemos?
- V. Cumplimiento del Requisito de Procedibilidad: ¿Cómo Acreditarlo?
- VI. Efectos y Consecuencias del Proceso de Negociación
- VII. El Papel de la Abogacía en este Nuevo Escenario
- VIII. Confidencialidad y Protección de Datos
- IX. Entrada en Vigor
- Conclusión
I. Motivación: Hacia una Justicia Más Eficiente y Sostenible
La reforma responde a la necesidad de superar las insuficiencias estructurales del sistema judicial español. Se busca un mayor protagonismo de la ciudadanía en la resolución de sus conflictos a través de soluciones pactadas, fomentando la paz social y la convivencia3. La idea es reducir la sobrecarga de los tribunales y revertir la dinámica de confrontación en las relaciones sociales, confiando en mecanismos que han dado buenos resultados en el derecho comparado4. Se trata de pasar, como dice el documento, «antes de entrar en el templo de la Justicia, se ha de pasar por el templo de la concordia”.
II. Ámbito de Aplicación: ¿A Qué Asuntos Afecta?
Las disposiciones de esta ley se aplican a asuntos civiles y mercantiles, incluyendo conflictos transfronterizos. Se consideran conflictos transfronterizos aquellos definidos en el artículo 3 de la Ley 5/20126. La regulación se aplicará cuando, al menos, una de las partes tenga su domicilio en España y la negociación se realice en territorio español.
Quedan excluidos de esta ley los asuntos laborales, penales y concursales, así como aquellos en los que una de las partes sea una entidad del sector público. Sin embargo, es importante tener en cuenta que:
Ámbito administrativo: El Gobierno debe presentar un proyecto de ley en un plazo de dos años para abordar los MASC cuando una de las partes sea la Administración.
Ámbito Penal: Se introduce la justicia restaurativa, permitiendo que el juez remita a las partes a un procedimiento restaurativo.
Autonomía Privada: Las partes tienen libertad para convenir o transigir, siempre que no sea contrario a la ley, la buena fe o el orden público. No podrán someterse a MASC conflictos sobre materias no disponibles para las partes, aunque hay una excepción en relación con los efectos y medidas de los artículos 102 y 103 del Código Civil, que sí podrán ser objeto de MASC.
III. El Requisito de Procedibilidad: ¿En Qué Consiste?
En el orden jurisdiccional civil, la regla general es que, para que una demanda sea admisible, se debe haber intentado previamente un MASC. Debe existir identidad entre el objeto de la negociación y el del litigio, aunque las pretensiones en vía judicial puedan variar.
Procesos Afectados: Se exige la actividad negociadora previa en todos los procesos declarativos del Libro II y los procesos especiales del Libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), con ciertas excepciones.
Excepciones: No será necesario acudir a un MASC en casos de tutela judicial civil de derechos fundamentales, adopción de medidas del art. 158 CC, filiación, paternidad y maternidad, tutela sumaria de la posesión, demolición de obras en ruina, ingreso de menores en centros de protección, juicio cambiario…, entre otros….
Tampoco será necesario en la interposición de una demanda ejecutiva, solicitud de medidas cautelares previas, diligencias preliminares o expedientes de jurisdicción voluntaria, con algunas excepciones.
IV. Los MASC: ¿Qué Opciones Tenemos?
Los MASC son actividades negociadoras para alcanzar soluciones extrajudiciales. Se consideran MASC los siguientes:
Negociación directa
Mediación
Conciliación privada, notarial o registral
Oferta vinculante confidencial
Opinión de tercero experto independiente
Proceso de derecho colaborativo
Cualquier otro medio previsto en una norma legal.
La iniciativa para acudir a los MASC puede provenir de una de las partes, de ambas, por decisión judicial o del letrado de la Administración de Justicia. En caso de desacuerdo sobre el MASC a utilizar, se empleará el propuesto primero en el tiempo.
V. Cumplimiento del Requisito de Procedibilidad: ¿Cómo Acreditarlo?
La actividad negociadora debe ser documentada. Si no interviene un tercero neutral, se debe presentar un documento firmado por ambas partes con los siguientes datos:
Identidad de las partes y, en su caso, de los profesionales o expertos que les asesoran.
Fecha del documento.
Objeto de la controversia.
Fecha de las reuniones mantenidas, si las hubiere.
Declaración responsable de que ambas partes han actuado de buena fe.
Este documento puede ser similar al que se generó en nuestra conversación anterior.
Si hay un tercero neutral, este deberá expedir un documento con su identidad, cualificación, la identidad de las partes, el objeto de la controversia, la fecha de reuniones y una declaración de buena fe de las partes. Si una parte no comparece o rehúsa participar, se deberá dejar constancia de esta circunstancia.
Además, con la demanda se debe adjuntar el documento que acredite el intento de negociación o una declaración responsable de la imposibilidad de negociar por desconocer el domicilio de la parte demandada. Asimismo, en la demanda se deberá describir el procedimiento de negociación previo o la imposibilidad del mismo. La falta de acreditación puede conllevar la inadmisión de la demanda.
Casos Especiales
Litigios de consumo: Se cumple el requisito con la reclamación extrajudicial previa a la empresa o profesional, sin obtener respuesta o cuando esta no sea satisfactoria. También se considera cumplido con las resoluciones de reclamaciones ante el Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros.
Terminación del Proceso sin Acuerdo
Se entenderá que el proceso de negociación ha terminado sin acuerdo en los siguientes casos:
Si transcurren 30 días naturales desde la recepción de la solicitud inicial sin que se haya celebrado la primera reunión o se haya obtenido respuesta escrita.
Si, iniciada la negociación, transcurren 30 días desde una propuesta concreta sin acuerdo o respuesta escrita.
Si transcurren tres meses desde la primera reunión sin acuerdo.
Si una de las partes comunica por escrito a la otra que da por terminadas las negociaciones.
VI. Efectos y Consecuencias del Proceso de Negociación
Interrupción de la Prescripción y Suspensión de la Caducidad: La solicitud para iniciar un MASC interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de las acciones.
Plazo para Demandar: Si la negociación termina sin acuerdo, la demanda debe presentarse en el plazo de un año para cumplir con el requisito de procedibilidad.
Medidas Cautelares: Si se adoptaron medidas cautelares durante la negociación, la demanda debe presentarse en los 20 días siguientes al fin de la negociación ante el mismo tribunal.
Acuerdo Vinculante: El acuerdo alcanzado es vinculante y las partes no podrán presentar una demanda con el mismo objeto. Solo se puede ejercitar la acción de nulidad por causas que invaliden los contratos. Para que el acuerdo tenga valor de título ejecutivo, deberá elevarse a escritura pública o ser homologado judicialmente.
Costas: Los tribunales tendrán en cuenta la colaboración de las partes en la solución consensual y el abuso del servicio público de Justicia al decidir sobre las costas. Se podrá solicitar la exoneración o moderación de costas si se formuló una propuesta en un MASC que fue rechazada, y la resolución judicial coincide sustancialmente con la misma. No habrá imposición de costas a la parte que, sin causa justa, se niegue a participar en un MASC al que fue convocado.
VII. El Papel de la Abogacía en este Nuevo Escenario
La reforma incrementa el protagonismo de los profesionales del derecho, especialmente el papel negociador de la abogacía.
Asistencia Letrada: Las partes pueden acudir a cualquier MASC asistidas por abogado. La asistencia letrada solo es obligatoria en la oferta vinculante, salvo si la cuantía no supera los 2000 euros o una ley sectorial no la exige.
Actuación Telemática: Las partes pueden acordar que las negociaciones se lleven a cabo por medios telemáticos.
Honorarios: Los honorarios de los profesionales serán abonados por las partes, salvo en casos de asistencia jurídica gratuita. Los honorarios del tercero neutral serán acordados previamente por las partes.
VIII. Confidencialidad y Protección de Datos
El proceso de negociación es confidencial, salvo la información sobre la asistencia a la negociación y el objeto de la controversia31. Esta obligación se extiende a todos los que intervengan en el proceso. No se puede declarar o aportar documentación derivada del proceso, salvo que las partes dispensen de confidencialidad, para impugnar la tasación de costas, por resolución judicial motivada penalmente, o por razones de orden público.
IX. Entrada en Vigor
La ley entra en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE y se aplica exclusivamente a los procedimientos incoados con posterioridad a su entrada en vigor.
Conclusión
Esta reforma representa un cambio de paradigma en la forma en que se aborda la resolución de conflictos. Como abogados, debemos adaptarnos a esta nueva realidad, fomentando el uso de los MASC como una vía eficaz para lograr soluciones consensuadas. Los invito a estar atentos a los desarrollos legislativos y a aprovechar los recursos disponibles para ofrecer a sus clientes el mejor asesoramiento posible en este nuevo escenario de la justicia. El Centro ADR del Colegio de la Abogacía de Barcelona pone a su disposición servicios especializados para ayudarles en este proceso.