Muchos padres acuden a nuestro despacho para preguntarnos si tienen algún tipo de responsabilidad cuando por razones inevitables tienen que dejar a sus hijos solos en casa.
Ir un momento al supermercado, despertarlos e irse al trabajo para que ellos se vistan solos y vayan a la escuela, un imprevisto que te hace salir de casa y no tienes con quien dejar a tus hijos.
Seguro que estas situaciones os son familiares y os han podido ocurrir alguna vez.
Conciliar la vida familiar con la vida laboral es muy complicado y muchas veces no tenemos a nadie que pueda ocuparse de nuestros hijos cuando no están en la escuela o en alguna actividad extraescolar y ello provoca que más de un progenitor deje solo a sus hijos temporalmente en casa.
Que puede ocurrir si dejamos a nuestro hijo solo cuando es menor de edad?
Dejar solo a un hijo menor puede llevarte a la carcel.
El Artículo 229 del Código Penal establece que: «
1. El abandono de un menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección, por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.
2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o del persona con discapacidad necesitada de especial protección, (…)»
El siguiente artículo trata concretamente sobre el abandono temporal de un menor, Artículo 230 del Código Penal dispone que: «El abandono temporal de un menor de edad o de una persona con discapacidad necesitada de especial protección será castigado, en sus respectivos casos, con las penas inferiores en grado a las previstas en el artículo anterior» es decir, de 9 a 18 meses de cárcel.
A diferencia del primer delito que hemos indicado aquí sujeto activo del delito no tiene intención de abandonar definitivamente al menor o persona con discapacidad sino que lo hace de forma temporal (por ejemplo para ir al supermercado o tomar unas cañas al bar de debajo) .
Son numerosas las sentencias que han condenado a padres que dejaron solos a sus hijos y que tras la denuncia de un vecino que oyó gritos o llantos de un menor fueron imputados por la policía al constatar que los menores se hallaban solos en el domicilio, por lo que recomendamos evitar estas prácticas por desgracia cada vez más comunes.
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