¿Qué pasa si solicitas la Ley de Segunda Oportunidad y el Juez te la deniega? ¿Es el final del camino? En absoluto. En Omniumlegal, acabamos de ganar un recurso de apelación crucial ante la Audiencia Provincial de Barcelona, demostrando que luchar por los derechos de nuestros clientes hasta la última instancia da sus frutos.
Hemos conseguido la cancelación total de 50.400 euros para un cliente al que el Juzgado de lo Mercantil le había negado la exoneración.
El Reto: Una Exoneración Denegada por "Endeudamiento Negligente"
Nuestro cliente, una persona física, solicitó la Ley de Segunda Oportunidad (mediante un concurso sin masa) para cancelar deudas por un total de 50.400€, contraídas principalmente con entidades como ING, CaixaBank y Nuevo Microbank a raíz del fracaso de un negocio de instrumentos musicales que regentó como autónomo.
Para nuestra sorpresa, y sin que ningún acreedor se opusiera , el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona dictó un auto denegando la exoneración.
El Juez consideró que el deudor había actuado con "mala fe" por "endeudamiento irresponsable" y "claramente negligente", basándose únicamente en que el importe de los créditos al consumo era elevado en comparación con sus escasos ingresos.
Nuestra Estrategia: Apelar a la Audiencia de Barcelona
Nuestro abogado, Jaume Rocabert Luque, interpuso un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, argumentando que la decisión del Juez era injustificada y se basaba en una interpretación errónea de la ley.
Nuestro argumento principal fue que el "sobreendeudamiento" es precisamente la causa que motiva la Ley de Segunda Oportunidad, y no puede ser, por sí solo, un motivo para denegarla.
Para que se deniegue la exoneración por "negligencia" (Art. 487.1.6º TRLC), esta debe ser grave o dolosa, no una simple falta de previsión. El juez debe analizar las circunstancias personales, el momento en que se contrajeron las deudas y la causa de la insolvencia (en este caso, un negocio fallido), y no solo la foto final de "muchas deudas, pocos ingresos".
El Resultado: Cancelación Total de la Deuda
La Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona estimó nuestro recurso de apelación
El tribunal nos dio la razón, indicando que exigir un nivel de diligencia tan alto "nos llevaría a rechazar la mayoría de las solicitudes de exoneración" y que "la finalidad de la norma precisamente es la de conceder al deudor sobreendeudado una segunda oportunidad".
La Audiencia Provincial dictó un nuevo auto que revocaba la sentencia del Juzgado Mercantil y, en su lugar, concedía a nuestro cliente la exoneración del pasivo insatisfecho.
El resultado final:
- Se cancelan 50.400 euros de deuda.
- Nuestro cliente puede empezar de cero, libre de deudas.
- Se demuestra que, aunque un juez deniegue la exoneración, es fundamental recurrir con argumentos sólidos.
Si te encuentras en una situación de sobreendeudamiento, aunque creas que tu caso es difícil o incluso si te han denegado la exoneración, contacta con nuestro equipo de expertos en Ley de Segunda Oportunidad. Lucharemos por tu caso.