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Okupas en tu casa? Que debes hacer para recuperarla

La ocupación ilegal e inconsentida de viviendas va en aumento en nuestro país. La crisis económica provocada por la pandemia del Covid19 y la ya mala situación económica anterior a ella provocan el aumento de la pobreza y necesidad de vivienda.

Si a ello le unimos los precios del alquiler y coste de las viviendas tenemos ya los ingredientes para provocar un aumento de los «okupas» en nuestro país y de ahí el aumento de consulta al abogado.

Vemos muchos comentarios y opiniones que dan a entender que en España el propietario está desprotegido y que el ocupante tiene todos los derechos, pero eso no es así, y vamos a explicarte como recuperar tu casa si tienes okupas.

¿Qué hacer para recuperar tu vivienda?

Los pasos básicos y que mejor funcionan son:

1.- Presentar una Denuncia lo antes posible: Esto lo debes hacer tu y no necesitas ni papeles ni abogados, si consigues demostrar que los okupas llevan en tu vivienda menos de 48 horas, los Mossos pueden desalojarles sin orden judicial.

2.- VIA JUDICIAL

Existen dos vías para desalojar a unos ocupas, la vía civil y la penal.

No existe un mejor o peor procedimiento y deberá ser objeto de análisis en cada caso concreto para determinar cual conviene más.

Lo que si debe saberse es que en el 2018 se publicó la Ley 5/2018 dedicada exclusivamente a la ocupación ilegal.

Esta ley establece que la ocupación no consentida ni tolerada, no es título de acceso a la posesión de una vivienda ni encuentra amparo alguno en el derecho constitucional a disfrutar de una vivienda digna.

A raíz de esta Ley se estableció un nuevo procedimiento de la TUTELA SUMARIA DE LA POSESIÓN y que ahora se antoja como la mejor vía por cuanto:

1.- Se puede demandar a los «ignorados ocupantes» de la vivienda y por tanto no es necesario que estén identificados.

2.-  Se puede pedir en la demanda la «inmediata entrega de la posesión de la vivienda«, y el Juzgado requerirá a los ocupantes por el plazo de CINCO DIAS para que presenten título que legitime la posesión, con el apercibimiento de que, EN CASO DE NO APORTARLO, SE PROCEDERÁ SIN MÁS TRÁMITES AL LANZAMIENTO mediante Auto que es irrecurrible.

Finalmente la via Penal, que no impide la civil, es denunciar a los okupas por un Delito de Usurpación del art.245 CP, y que de resultar condenados permite el desalojo de los ocupantes.

Nuestro consejo es que si te encuentras en una situación de ocupación, te pongas en contacto con nosotros, somos abogados especialistas en okupas en Sabadell, en delitos de usurpación y ocupación de viviendas en Sabadell.